Fiduchi Limited ("Fiduchi") está obligado a mantener la documentación apropiada y actualizada de la Diligencia Debida sobre el Cliente ("DDC") durante toda la duración de su relación comercial con usted. Parte de este requisito de DDC significa que requerimos información sobre sus circunstancias tributarias y si usted es una persona controladora.
Las siguientes pestañas a continuación proporcionan notas de orientación de apoyo que deben ser utilizadas por los clientes al completar los formularios de solicitud de DDC de Fiduchi. También hay una pestaña que contiene algunas preguntas frecuentes para ayudarle a responder a cualquier pregunta que pueda tener. Tenga en cuenta que existen dos tipos de notas directrices a continuación que deben utilizarse junto con los siguientes formularios:
Fiduchi CDD formulario A1 - Individual CDD - por favor, consulte a continuación la Nota orientativa A - Fiduchi Individual
CDD formularios A3, A5 y A7 - Entidad CDD - por favor, consulte a continuación la
Nota orientativa B - Entidad
El impulso continuado de la transparencia fiscal internacional y el aumento de la cooperación entre las administraciones tributarias ha conducido a numerosas ideas e iniciativas en los últimos años. Una iniciativa que finalmente se ha puesto en marcha es la "norma para el intercambio automático de información de cuentas financieras" de la OCDE, más comúnmente conocida como la "norma común de presentación de informes", o "CRS".
Es evidente que el CRS es un cambio de juego en la lucha contra la evasión fiscal ilegal, pero también está claro que los individuos que han establecido vehículos de preservación de la riqueza bien planificados y administrados adecuadamente no tienen nada que temer.
Para lidiar con algunas de las preguntas que nuestros clientes podrían tener, Fiduchi ha preparado esta guía y el Resumen de preguntas frecuentes. El CRS es un asunto complejo y tiene implicaciones de largo alcance. Si usted tiene alguna inquietud o no está claro si CRS le afecta, entonces usted debe hablar con un asesor de impuestos calificado. Fiduchi puede ayudar con esto, pero esta guía debe ser considerada como un esquema solamente-no representa asesoramiento fiscal o legal.
CRS es un estándar global para el intercambio automático de información financiera entre las instituciones financieras y las autoridades tributarias. El CRS fue desarrollado por la organización para la cooperación y el desarrollo económicos ("OCDE") y proporciona un marco jurídico internacional para la prevención de la evasión fiscal ilegal. Se puede obtener más información en el sitio web de la OCDE www.oecd.org
La OCDE elaboró CRS en respuesta a las llamadas del G20 para crear un sistema global que permita a las jurisdicciones participantes obtener información de sus instituciones financieras e intercambiar automáticamente esa información con otras jurisdicciones participantes anualmente.
El objetivo del CRS es reducir la capacidad de los contribuyentes de una jurisdicción para ocultar sus activos e ingresos en otra jurisdicción. CRS no debe afectar indebidamente el manejo y la efectividad de las estructuras debidamente aconsejados.
Más de 90 jurisdicciones se han comprometido con CRS. Puede encontrar una lista completa de las jurisdicciones participantes en el sitio web de la OCDE www.oecd.org. Las jurisdicciones ignificant son el Reino Unido, todos los demás Estados de la UE, China, India, Japón, Rusia, Suiza, Jersey y las otras dependencias de la Corona, Caimán y BVI.
La realidad es que CRS probablemente afectará a todas las jurisdicciones del mundo, aunque una notable excepción a la lista de signatarios es Estados Unidos, que ha decidido que puede confiar en el marco existente creado por FATCA.
Dejando de lado las dificultades causadas por el no compromiso de los Estados Unidos, es probable que las instituciones financieras de aquellas jurisdicciones que no se suscrivan a CRS se encuentren cada vez más restringidas en las transacciones que pueden emprender. La retención de impuestos ha sido mutado, pero las listas negras son más probables en el corto plazo.
FATCA es un marco desarrollado por los Estados Unidos (y luego adoptado por el Reino Unido) diseñado para combatir la evasión fiscal por parte de los contribuyentes estadounidenses al imponer obligaciones de información en las instituciones financieras junto con la retención de impuestos para el "incumplimiento". Más de 100 jurisdicciones se han suscrito a FATCA, pero se podría argumentar que tienen un impacto limitado en los contribuyentes no estadounidenses.
CRS, por otro lado, es una iniciativa global diseñada para combatir la evasión fiscal por cualquier pagador de impuestos de cualquiera de las jurisdicciones que se han suscrito (más de 90 y contando). El Reino Unido ha retirado su versión de FATCA a favor de inscribirse en CRS, pero los Estados Unidos hasta el momento no se han unido a CRS.
Una diferencia notable entre FATCA y CRS es que bajo FATCA hubo una regla de Minimus por la cual las cuentas bajo $50.000 en valor no fueron reportables; bajo CRS no hay una excepción de mínimos.
CRS ya ha comenzado! La información completa se puede encontrar en el sitio web de la OCED www.oecd.org, pero CRS está siendo puesto en práctica en tres etapas:
Etapa 1 – 56 países, los llamados "Adoptantes Tempranos", incluyendo Jersey y la UE, el Reino Unido e India comenzaron CRS el 1 de enero de 2016, con el primer informe antes de mayo de 2017.
Etapa 2 – Otros 40 países, entre ellos China, Israel, Japón, Rusia, Suiza y Singapur, comenzaron el 1 de enero de 2017, y los primeros informes de mayo de 2018.
Etapa 3 – Las fechas aún están por establecerse.
Todas las instituciones dentro de las jurisdicciones participantes en CRS deben obtener e informar la misma información, incluyendo:
Las instituciones financieras reportarán a la autoridad competente en sus propias jurisdicciones, quienes a su vez compartirán esa información con la autoridad del contribuyente.
Los fideicomisos son estructuras complejas y, lamentablemente, la redacción del CRS no es útil cuando se considera cómo se deben tratar los fideicomisos dentro del marco. Sin embargo, los fideicomisos están expresamente cubiertos por las normas del CRS y se aclara que las cuentas reportables incluyen cuentas en poder de fideicomisos y que las instituciones financieras (que pueden incluir la propia confianza) están obligadas a mirar a través de entidades pasivas para informar sobre esas individuos naturales que en última instancia controlan o se benefician de fideicomisos.
En la mayoría de los casos que implican la planificación de la riqueza familiar o privada, es probable que un fideicomiso se clasifique bajo CRS como una institución financiera de notificación (FI) o una entidad no financiera pasiva (NFE pasiva).
Cuando un fideicomiso de Jersey es una FI, la propia confianza está obligada a informar a la autoridad tributaria de Jersey con respecto a las cuentas reportables del fideicomiso. En la práctica, esto significará revelar los detalles de la confianza y, en relación con el momento en que estas personas residen en una jurisdicción participante: el fideicomitente, los beneficiarios, el protector y cualquier persona con una cuenta de préstamo. Sin embargo, vale la pena señalar que para los beneficiarios discrecionales no hay obligación de informar hasta que ese beneficiario haya recibido realmente un beneficio.
Cuando el fideicomiso es una NFE pasiva, el fideicomisario puede estar obligado a revelar información sobre las mismas personas a cualquier FI con la que el fideicomiso se ocupa (por ejemplo, un banco o Gerente de inversiones). Esto es para que el FI pueda entonces presentar su propio informe.
Las instituciones financieras de las jurisdicciones participantes tienen la obligación de revisar sus cuentas financieras con el fin de identificar a las personas reportables mediante la aplicación de las normas de diligencia debida. Una cuenta financiera es una cuenta REPORTABLE cuando es retenido por una persona REPORTABLE o por un NFE pasivo con una o más personas controlables que es una persona REPORTABLE.
Bajo CRS, este término significa esencialmente un individuo o entidad o patrimonio que reside en una jurisdicción participante. Para las entidades que no tienen residencia fiscal formal, la residencia está determinada por el lugar de administración y control efectivos.
Una cuenta financiera es una cuenta mantenida por una institución financiera. Ejemplos relevantes serían una cuenta bancaria y participaciones en acciones en un fideicomiso, empresa o asociación.
Bajo CRS, este término significa una institución de custodia o depositaria, una compañía de seguros especificada o una entidad de inversión. Esencialmente, una institución financiera es cualquier entidad que ' posea, como una porción sustancial de su negocio, activos financieros para la cuenta de otros. '
Bajo CRS, este término significa:
Las personas físicas que mantienen el control sobre una entidad. En el caso de un fideicomiso, el término significa el Settlor, el fideicomisario, el protector y los beneficiarios, así como cualquier otra persona que ejerza el máximo control efectivo sobre la confianza.
Un NFE es cualquier entidad que no sea una institución financiera. Un NFE pasivo es un NFE que no es ' activo ', en términos generales un NFE activo es un NFE que cumple con cualquiera de los siguientes criterios:
Página del SRI de la OCDE: www.oecd.org/tax/automatic-exchange/common-reporting-standard/
Las pautas del gobierno de Jersey: www.gov.je/TaxesMoney/InternationalTaxAgreements/IGAs/Pages/CommonReportingStandard.aspx
Cada jurisdicción tiene sus propias reglas para definir la residencia fiscal, y las jurisdicciones han proporcionado información sobre cómo determinar si usted reside en la jurisdicción. En general, usted encontrará que la residencia fiscal es el país en el que usted vive. Las circunstancias especiales pueden hacer que usted sea residente en otro lugar o residente en más de un país al mismo tiempo (residencia dual). Si usted es ciudadano estadounidense o residente en impuestos bajo la ley de los EE. UU., debe indicar que es residente de impuestos de los EE. UU. en este formulario y es posible que también deba llenar un formulario W-9del IRS.
Si su residencia tributaria (o la persona controladora, si está completando el formulario en su nombre) se encuentra fuera del país en el que la institución financiera está manteniendo la cuenta está ubicada, podemos estar legalmente obligados a transmitir la información en este formulario y otra información financiera con respecto a sus cuentas financieras a las autoridades tributarias en el país donde se encuentra la institución financiera y pueden intercambiar esta información con las autoridades tributarias de otra jurisdicción o jurisdicciones de conformidad con acuerdos intergubernamentales para intercambiar información sobre cuentas financieras.
Las preguntas en la sección F-FATCA & autocertificación en el formulario a1-la debida diligencia del cliente individual están destinadas a solicitar información consistente con los requisitos de la ley local. Por favor rellene esta sección del formulario si el titular de la cuenta es una NFE pasiva, o una entidad de inversión ubicada en una jurisdicción no participante y gestionada por otra institución financiera.
Si necesita autocertificar en nombre del titular de una cuenta de entidad, no utilice este formulario. En su lugar, tendrá que solicitar al Director de su cuenta el formulario D2-formulario de autocertificación de residencia de impuestos de entidad.
Como institución financiera, no se nos permite dar asesoramiento fiscal. Si usted tiene alguna pregunta, por favor póngase en contacto con su asesor fiscal o autoridad tributaria nacional.
"Titular de la cuenta" se refiere a la persona que figura o se identifica como titular de una Cuenta Financiera. Una persona, que no sea una Institución Financiera, que posea una Cuenta Financiera para el beneficio de otra persona como agente, custodio, candidato, signatario, asesor de inversiones, intermediario o como tutor legal, no se trata como el Titular de la Cuenta. En estas circunstancias, esa persona es el Titular de la Cuenta. Por ejemplo, en el caso de una relación padre/hijo en la que el padre actúa como tutor legal, el niño es considerado como el Titular de la cuenta. Con respecto a una cuenta de participación conjunta, cada titular conjunto es tratado como titular de la cuenta.
"NFE activo" es un NFE activo si cumple con cualquiera de los criterios enumerados a continuación. En resumen, estos criterios se refieren a:
Una entidad se clasificará como Active NFE si cumple cualquiera de los siguientes criterios:
El "control" sobre una Entidad es generalmente ejercido por la(s) persona(s) física(s) que en última instancia tiene una participación de propiedad controladora (normalmente sobre la base de un cierto porcentaje (por ejemplo, 25%)) en la Entidad. Cuando ninguna persona física ejerza control a través de intereses de propiedad, la(s) Persona(s) Controladora(s) de la Entidad serán las personas físicas que ejerzan el control de la Entidad por otros medios. Cuando no se identifique a ninguna persona física o a personas que ejerzan el control de la Entidad a través de intereses de propiedad, se considerará que la Persona Controladora de la Entidad es la persona física que ocupa el cargo de alto funcionario de gestión.
"Persona(s) controladora(s)" Esta es una persona física que ejerce el control sobre una entidad. Cuando esa entidad sea tratada como una Entidad Pasiva No Financiera ("NFE"), una Institución Financiera debe determinar si dichas Personas Controladoras son Personas Reportables. Esta definición corresponde al término "propietario beneficioso" tal como se describe en la Recomendación 10 y en la Nota Interpretativa sobre la Recomendación 10 de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (adoptada en febrero de 2012).
Personas que controlan un fideicomiso, significa el (los) fideicomitente (s), el (los) Fiduciario (s), el (los) protector (s), el/los beneficiario (es) o clase (es) de beneficiarios, y cualquier otra persona física que ejerza el máximo control efectivo sobre la confianza (incluso a través de una cadena de control o propiedad). Los colonos, los fideicomisarios, los protectores (si los hay), y los beneficiarios o las clases de beneficiarios, siempre deben ser tratados como personas de control de un fideicomiso, independientemente de si alguno de ellos ejerce o no el control sobre las actividades del fideicomiso....
Cuando el (los) fideicomitente (s) de un fideicomiso es una entidad, el CRS requiere que las instituciones financieras también identifiquen a las personas que controlan el (los) Settlor (s) y, cuando sea necesario, las informen como personas que controlan el fideicomiso.
En el caso de un acuerdo legal que no sea un fideicomiso, dicho término significa personas en posiciones equivalentes o similares.
"Entidad" significa una persona jurídica o un acuerdo legal, como una corporación, organización, asociación, fideicomiso o fundación.
"Cuenta financiera" Una Cuenta Financiera es una cuenta mantenida por una Institución Financiera e incluye: Cuentas Depositarias; Cuentas de custodia; Participación en acciones y deudaen determinadas Entidades de Inversión; Contratos de Seguro de Valor efectivo; y contratos de anualidad.
"Entidad de Inversión ubicada en una Jurisdicción No Participante y administrada por otra Institución Financiera" es cualquier Entidad cuyo sinresultado bruto es principalmente atribuible a la inversión, reinversión o negociación de Activos Financieros si la Entidad ) administrada por una Institución Financiera y (ii) no residente en una Jurisdicción Participante o sucursal ubicada en ella.
"Entidad de Inversión gestionada por otra Institución Financiera" Una Entidad es "administrada por" otra Entidad si la Entidad administradora realiza, ya sea directamente o a través de otro proveedor de servicios en nombre de la Entidad administrada, cualquiera de las actividades u operaciones descritas en la cláusula i) anterior en la definición de "Entidad de Inversión".
Una entidad solo administra otra entidad si tiene autoridad discrecional para administrar los activos de la otra entidad (ya sea en su totalidad o en parte). Cuando una entidad esté gestionada por una combinación de instituciones financieras, NFEs o individuos, la entidad se considerará gestionada por otra entidad que sea una institución depositaria, una institución de custodia, una compañía de seguros especificada o el primer tipo de inversión Entidad, si alguna de las entidades de administración es tal otra entidad.
"NFE" es cualquier Entidad que no sea una Institución Financiera.
"Jurisdicción participante" Una Jurisdicción Participante es una jurisdicción con la que se establece un acuerdo en virtud de la cual proporcionará la información establecida en la Norma Común de Información y que se identifica en una lista publicada.
"NFE pasivo" Bajo el CRS un "NFE pasivo" significa cualquier NFE que no sea un NFE activo. Una Entidad de Inversión ubicada en una Jurisdicción No Participante y administrada por otra Institución Financiera también es tratada como una NFE Pasiva a los efectos del SRI.
"Cuenta Reportable" significa una cuenta en poder de una o más Personas Reportables o por una NFE Pasiva con una o más Personas Controladoras que es una Persona Reportable.
"Jurisdicción Reportable" es una jurisdicción con la que existe la obligación de proporcionar información de cuentas financieras y que se identifica en una lista publicada.
"Persona Reportable" es una persona (o entidad) que es residente fiscal en una Jurisdicción Reportable bajo las leyes de esa jurisdicción. El Titular de la Cuenta será normalmente la "Persona Reportable"; sin embargo, en el caso de un Titular de la Cuenta que es un NFE Pasivo, una Persona Reportable también incluye a cualquier Persona Controladora que sea residente fiscal en una Jurisdicción Reportable. Las personas de doble residencia pueden basarse en las normas de desempate contenidas en los convenios fiscales (si procede) para resolver casos de doble residencia a efectos de determinar su residencia a efectos fiscales.
"TIN" (incluido el "equivalente funcional") El término "TIN" significa Número de Identificación del Contribuyente o un equivalente funcional en ausencia de un TIN. Un TIN es una combinación única de letras o números asignados por una jurisdicción a un individuo o una Entidad y utilizado para identificar a la persona o Entidad con el fin de administrar las leyes fiscales de dicha jurisdicción. Puede encontrar más detalles de los TIN aceptables en www.oecd.org.
Algunas jurisdicciones no emiten un TIN. Sin embargo, estas jurisdicciones a menudo utilizan algún otro número de alta integridad con un nivel equivalente de identificación (un "equivalente funcional"). Ejemplos de ese tipo de número incluyen, para individuos, un número de seguro/seguro social, código/número de servicio/identificación ciudadana/personal y número de registro de residente.
Si usted es titular de una cuenta individual o comerciante único o propietario único, consulte la nota orientativa a-individual. Para los titulares de cuentas conjuntas o múltiples, rellene un formulario independiente D1-formulario de autocertificación de residencia fiscal individual para cada titular de la cuenta.
Si el titular de la cuenta es un residente tributario de los Estados Unidos bajo la ley estadounidense, usted debe indicar que usted es un residente fiscal de los Estados Unidos en este formulario y que también puede necesitar llenar un formulario W-9 del IRS. Para más información sobre la residencia tributaria, por favor consulte a su asesor fiscal o a la autoridad tributaria local.
Cuando el titular de la cuenta sea un NFE pasivo o una entidad de inversión ubicada en una jurisdicción no participante gestionada por otra institución financiera.
Por favor proporcione información sobre la persona física (s) que ejerce el control sobre el titular de la cuenta (individuos referidos como "persona controladora") completando un formulario separado D1-formulario de autocertificación individual de residencia tributaria para cada persona controladora .
Esta información debe ser proporcionada por todas las entidades de inversión ubicadas en una jurisdicción no participante y administradas por otra institución financiera.
Si usted está completando el formulario en nombre del titular de la cuenta, entonces usted debe indicar la capacidad en la que ha firmado el formulario en la sección de declaración de cada formulario. Por ejemplo, usted puede ser el custodio o nominado de una cuenta en nombre del titular de la cuenta, o puede estar completando el formulario bajo una autoridad signataria o un poder notarial.
También puede obtener más información, incluida una lista de jurisdicciones que han firmado acuerdos para intercambiar información automáticamente, junto con detalles sobre la información que se solicita, en el portal de intercambio automático de información de la OCDE en www.oecd.org .
Como institución financiera, no se nos permite dar asesoramiento fiscal. Si usted tiene alguna pregunta, por favor póngase en contacto con su asesor fiscal o autoridad tributaria nacional.
"Titular de la cuenta" es la persona que aparece o se identifica como titular de una Cuenta Financiera por la Institución Financiera que mantiene la cuenta. Esto es independientemente de si dicha persona es una entidad de flujo a través. Por lo tanto, por ejemplo, si un fideicomiso o un patrimonio aparece como el titular o propietario de una Cuenta Financiera, el fideicomiso o patrimonio es el Titular de la Cuenta, en lugar del fideicomisario o los propietarios o beneficiarios del fideicomiso. Del mismo modo, si una asociación aparece como titular o propietario de una Cuenta Financiera, la asociación es el Titular de la Cuenta, en lugar de los socios de la asociación. Una persona, que no sea una Institución Financiera, que posea una Cuenta Financiera para el beneficio o cuenta de otra persona como agente, custodio, nominado, signatario, asesor de inversión o intermediario, no es tratado como tener la cuenta, y dicha otra persona es tratado como titular de la cuenta.
"NFE activo" es un NFE activo si cumple con cualquiera de los criterios enumerados a continuación. En resumen, estos criterios se refieren a:
Una entidad se clasificará como Active NFE si cumple cualquiera de los siguientes criterios:
Note: ciertas entidades (tales como NFFEs del territorio de los E.E.U.U.) pueden calificar para el estatus activo NFFE bajo FATCA pero no el estatus activo NFE bajo CRS.
"Control" significa que el control sobre una Entidad es generalmente ejercido por la(s) persona(s) física(s) que en última instancia tiene una participación de propiedad controladora (normalmente sobre la base de un determinado porcentaje (por ejemplo, 25%)) en la Entidad. Cuando ninguna persona física ejerza control a través de intereses de propiedad, la(s) Persona(s) Controladora(s) de la Entidad serán las personas físicas que ejerzan el control de la Entidad por otros medios. Cuando no se identifique a ninguna persona física que ejerza el control de la Entidad a través de intereses de propiedad, en virtud del SRI se considerará que la persona denunciante es la persona física que ocupa el cargo de alto funcionario.
"Persona(s) controladora(s)" son las personas físicas que ejercen el control sobre una entidad. Cuando esa entidad es tratada como una Entidad Pasiva No Financiera ("NFE Pasiva"), se requiere una Institución Financiera para determinar si estas Personas Delegadas son O no Personas Reportables. Esta definición corresponde al término "propietario beneficioso" descrito en la Recomendación 10 y en la Nota interpretativa sobre la Recomendación 10 de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (adoptada en febrero de 2012).
En el caso de un fideicomiso, la persona o personas que controlan son los colonos, los fideicomisarios, los protectores (si los hay), el beneficiario (s) o la clase (es) de beneficiarios, o cualquier otra persona física que ejerza el máximo control efectivo sobre el fideicomiso (incluyendo a través de una cadena de control o propiedad). Bajo el CRS, el (los) Settlor (s), el (los) fideicomisario (s), el (los) protector (s) (si existe), y los beneficiarios o clases de beneficiarios, siempre son tratados como personas de control de un fideicomiso, independientemente de si alguno de ellos ejerce o no el control sobre las actividades de la confianza.
Cuando el (los) fideicomitente (s) de un fideicomiso es una entidad, el CRS requiere que las instituciones financieras también identifiquen a las personas que controlan el (los) Settlor (s) y, cuando sea necesario, las informen como personas que controlan el fideicomiso.
En el caso de un acuerdo legal que no sea un fideicomiso, "persona controladora significa personas en posiciones equivalentes o similares.
"Institución de Custodia" se refiere a cualquier Entidad que posea, como una parte sustancial de su negocio, Activos Financieros para la cuenta de otros. Aquí es donde los ingresos brutos de la Entidad atribuibles a la tenencia de Activos Financieros y servicios financieros conexos equivalen o superan el 20% de los ingresos brutos de la Entidad durante el período más corto de: (i) el período de tres años que finaliza el 31 de diciembre (o el último día de un período contable de años no calendario) antes del año en que se está realizando la determinación; o (ii) el período durante el cual la Entidad ha existido.
"Institución Depositaria" se refiere a cualquier Entidad que acepte depósitos en el curso ordinario de un negocio bancario o similar.
"FATCA" significa las disposiciones de los Estados Unidos comúnmente conocidas como la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, que fueron promulgadas en la ley de los Estados Unidos como parte de la Ley de Incentivos a la Contratación para Restaurar el Empleo (HIRE, por sus) el 18 de marzo de 2010. FATCA crea un nuevo régimen de información para los pagos realizados a ciertas instituciones financieras no estadounidenses y otras entidades no estadounidenses.
"Entidad" significa una persona jurídica o un acuerdo legal, como una corporación, organización, asociación, fideicomiso o fundación. Este término cubre a cualquier persona que no sea un individuo (es decir, una persona física).
"Institución Financiera" significa una "Institución de Custodia", una "Institución Depositaria", una "Entidad de Inversión" o una "Compañía de Seguros Especificada". Consulte las orientaciones nacionales pertinentes y el SRI para obtener más definiciones de clasificación que se aplican a las instituciones financieras.
"Entidad de Inversión" incluye dos tipos de Entidades:
"Entidad de Inversión ubicada en una Jurisdicción No Participante y administrada por otra Institución Financiera" significa cualquier Entidad cuyos ingresos brutos sean principalmente atribuibles a la inversión, reinversión o negociación de Activos Financieros si la Entidad es (i) administrada por una Institución Financiera y (ii) no es una Institución Financiera de Jurisdicción Participante.
"Entidad de Inversión gestionada por otra Institución Financiera" Una Entidad es "administrada por" otra Entidad si la Entidad administradora realiza, ya sea directamente o a través de otro proveedor de servicios en nombre de la Entidad administrada, cualquiera de las actividades u operaciones descritas en la cláusula i) anterior en la definición de "Entidad de Inversión".
Una entidad solo administra otra entidad si tiene autoridad discrecional para administrar los activos de la otra entidad (ya sea en su totalidad o en parte). Cuando una entidad esté gestionada por una combinación de instituciones financieras, NFEs o individuos, la entidad se considerará gestionada por otra entidad que sea una institución depositaria, una institución de custodia, una compañía de seguros especificada o el primer tipo de inversión Entidad, si alguna de las entidades de administración es tal otra entidad.
"NFE" es cualquier Entidad que no sea una Institución Financiera.
"Institución Financiera No Reportante" se refiere a cualquier Institución Financiera que:
"Jurisdicción participante" se refiere a una jurisdicción con la que se establece un acuerdo en virtud de la cual proporcionará la información establecida en el SRI y que se identifica en una lista publicada.
"Institución Financiera de Jurisdicción Participante" significa (i) cualquier Institución Financiera que sea residente fiscal en una Jurisdicción Participante, pero excluye cualquier rama de esa Institución Financiera que se encuentre fuera de esa jurisdicción, y (ii) cualquier sucursal de una Institución Financiera que no sea residente fiscal en una Jurisdicción Participante, si esa sucursal se encuentra en dicha Jurisdicción Participante.
"NFE pasivo" Bajo el CRS un "NFE pasivo" significa cualquier: (i) NFE que no sea un NFE activo; y (ii) Entidad de Inversión ubicada en una Jurisdicción No Participante y administrada por otra Institución Financiera.
"Entidad relacionada" Una entidad es una "entidad relacionada" de otra entidad si Entity controla la otra entidad o las dos entidades están bajo control común. Para ello, el control incluye la propiedad directa o indirecta de más del 50% del voto y el valor en una Entidad.
"Cuenta Reportable" significa una cuenta en poder de una o más Personas Reportables o por una NFE Pasiva con una o más Personas Controladoras que es una Persona Reportable.
"Jurisdicción Reportable" es una jurisdicción con la que existe la obligación de proporcionar información de cuentas financieras y que se identifica en una lista publicada.
"Persona de Jurisdicción Reportable" es una Entidad que reside en una(s) Jurisdicción(es) Reportable(s) bajo las leyes fiscales de dicha(s) jurisdicción(es) - por referencia a las leyes locales en el país donde la Entidad está establecida, incorporada o administrada. Una Entidad como una sociedad, una sociedad de responsabilidad limitada o un acuerdo jurídico similar que no tenga residencia a efectos fiscales será tratada como residente en la jurisdicción en la que se encuentra su lugar de gestión efectiva. Como tal, si una Entidad certifica que no tiene residencia a efectos fiscales, debe cumpliser el formulario indicando la dirección de su oficina principal.
Las entidades residentes duales pueden basarse en las reglas de desempate contenidas en las convenciones fiscales (si procede) para determinar su residencia a efectos fiscales.
"Persona Reportable" se define como una "Persona de Jurisdicción Reportable", que no sea:
"Residente a efectos fiscales" Cada jurisdicción tiene sus propias reglas para definir la residencia fiscal, y las jurisdicciones han proporcionado información sobre cómo determinar si una entidad es residente fiscal en la jurisdicción en el siguiente sitio web: www.oecd.org. Generalmente, una Entidad será residente a efectos fiscales en una jurisdicción si, bajo las leyes de esa jurisdicción (incluyendo los convenios fiscales), paga o debe estar pagando impuestos en el mismo debido a su domicilio, residencia, lugar de gestión o constitución, o cualquier otro criterio de naturaleza similar, y no sólo de fuentes de esa jurisdicción. Las Entidades de doble residencia pueden basarse en las normas de desempate contenidas en los convenios fiscales (si procede) para resolver casos de doble residencia para determinar su residencia a efectos fiscales. Una Entidad como una sociedad, una sociedad de responsabilidad limitada o un acuerdo jurídico similar que no tenga residencia a efectos fiscales será tratada como residente en la jurisdicción en la que se encuentra su lugar de gestión efectiva. Para obtener información adicional sobre la residencia fiscal, por favor hable con su asesor fiscal o consulte el siguiente sitio web: www.oecd.org.
"Compañía de Seguros Especificada" se refiere a cualquier Entidad que sea una compañía de seguros (o la compañía de seguros de una compañía de seguros) que emita, o esté obligada a realizar pagos con respecto a, un Contrato de Seguro de Valor en Efectivo o un Contrato de Anualidad.
"TIN" (incluido "equivalente funcional") significa Número de Identificación del Contribuyente o un equivalente funcional en ausencia de un TIN. Un TIN es una combinación única de letras o números asignados por una jurisdicción a un individuo o una Entidad y utilizado para identificar a la persona o Entidad con el fin de administrar las leyes fiscales de dicha jurisdicción. Puede encontrar más detalles de los TIN aceptables en el siguiente sitio web: www.oecd.org.
Algunas jurisdicciones no emiten un TIN. Sin embargo, estas jurisdicciones a menudo utilizan algún otro número de alta integridad con un nivel equivalente de identificación (un "equivalente funcional"). Los ejemplos de ese tipo de número incluyen, para entidades, un código/número de registro de empresa/compañía.